Ir al contenido principal

La era digital y la contabilidad

LA ERA DIGITAL Y LA CONTABILIDAD 
Con la integración de las nuevas tecnologías en la mayoría de los procesos de negocio de las empresas, muchos perfiles laborales también están evolucionando para adaptárse a la nueva era digital: uno de ellos, el de contable, está ampliando sus conocimientos y expertise a áreas relacionadas con la estrategia del negocio, la planificiación del crecimiento y el análisis transversal del mercado, etc. servicios cada vez más demandados por las empresas (el 83%), que buscan una asesoría integral y conocer como incorporar la tecnología (el 42%) en dichos procesos de la forma más eficiente y productiva posible.

Comentarios

Entradas más populares de este blog

REGISTRO CONTABLE DE LA RESERVA LEGAL

Ley de compañías Art. 109.- La compañía formará un fondo de reserva hasta que éste alcance por lo menos al veinte por ciento del capital social. En cada anualidad la compañía segregará, de las utilidades líquidas y realizadas, un cinco por ciento para este objeto. SOCIEDADES ANÓNIMAS: Ley de compañías Art. 297.- Salvo disposición estatutaria en contrario de las utilidades líquidas que resulten de cada ejercicio se tomará un porcentaje no menor de un diez por ciento, destinado a formar el fondo de reserva legal, hasta que éste alcance por lo menos el cincuenta por ciento del capital social En resumen: Reserva legal para compañías de responsabilidad limitada 5%. Reserva legal para sociedades anónimas 10% COMO SE REGISTRA: Teniendo presente lo siguiente: ► (+/-) Resultado antes de impuestos ► (-) Participación a trabajadores ► (+/-) Impuesto a la Renta ►(=) Resultado neto del ejercicio (líquido) Muy a menudo al 31 de diciembre de cada año, se suele deducir d...

REGLAMENTO INFORMACION Y DOCUMENTOS A REMITIR A LA SUPERINTENDENCIA

Al remitir la información a la SUPERCIAS suele solicitar se ingrese el personal ocupado, categorizado de la siguiente manera:  Directivo Administrativo De Producción Otros El Artículo 8 REGLAMENTO INFORMACION Y DOCUMENTOS A REMITIR A LA SUPERINTENDENCIA menciona: Directivo. - Se considera personal directivo a quienes con responsabilidad en la producción, organización, administración o comercialización, realicen trabajos para los cuales precisen especiales conocimientos, preparación y experiencia y ejerzan la representación legal y/o funciones de dirección y supervisión de otro personal. A este grupo pertenecen: gerentes generales, gerentes de área, directores, subgerentes generales, subgerentes de área, subdirectores, jefes de área, coordinadores y similares.  Administrativo .- Quedan comprendidos en esta categoría los empleados que realizan tareas de responsabilidad y que tienen conocimiento de los trabajos que se efectúan dentro de la oficina y/o especial...

GUIA ORIENTATIVA DE RETORNO AL TRABAJO FRENTE A COVID-19